El pasado miércoles 9 de febrero, tuvo lugar una reunión de la Mesa de Seguimiento del Acuerdo Laboral de Banca Cívica (ALBC) en la que, con respecto a las prejubilaciones pactadas, la parte empresarial adelantó su intención de acelerar la salida de personal, la cual pretenden culminar durante este mismo año.
Estas prisas, se visualizaron al tratar el procedimiento de desvinculación, donde la parte empresarial intentó adelantar el llamamiento, con detrimento de la transparencia y la corrección. Para CCOO es fundamental la validación de los datos a la hora de iniciar este proceso.
Existen desacuerdos en asuntos que consideramos cruciales y errores en las bases de cómputo que deben solucionarse para comenzar un proceso de adhesiones garantizado.
1. CALCULO SALARIO NETO PARA LA APLICACIÓN DEL 90/95%:
Cálculo del SFB (Salario Fijo Bruto): Conceptos contemplados en el anexo primero del acuerdo, actualizados con IPC 2010 y percibido efectivamente.
Propuesta de CCOO : No descuento del día de huelga. Pendiente de contestación.
Cálculo del IRPF para el resultado del salario neto: Aplicación del último porcentaje de retención aplicado en la última nómina.
Propuesta de CCOO : Aplicación del porcentaje de retención según modelo 145 al SFB del anterior apartado y no al salario total. Pendiente de contestación.
Porcentaje Seguridad Social: Descuento del 6,35% (todos los conceptos)
Debate iniciado por CCOO : Descuento del 4,7%. La representación empresarial se negó en rotundo, basándose en informes jurídicos y en la aplicación en el resto de SIP´s .
2. CALCULO DEL PORCENTAJE
Se calcula sobre el SFB el 83,5%, y sobre el SFN (salario fijo neto) el 90/95% resultando de aplicación la cantidad menor de ambas.
3.CALCULO DESEMPLEO NETO EN LA INDEMNIZACION
Cálculo del desempleo con la situación familiar a la fecha de prejubilación, sin actualización.
Propuesta de CCOO : Cálculo de los dos años de desempleo con las edades reales de los hijos. La representación empresarial acepta.
Fiscalidad Desempleo: Los cálculos aportados por la empresa no tenían en cuenta impacto fiscal alguno en la prestación por desempleo.
A propuesta de CCOO se acepta computar el tipo de retención que efectivamente aplica el INEM.
4. CÁLCULO DE LA INDEMNIZACIÓN BRUTA PARA GARANTIZAR EL NETO
Objetivo prioritario para CCOO : El cálculo de la indemnización bruta tiene que garantizar que, teniendo en cuenta el impacto fiscal de todos los importes percibidos en el año en que se perciba la indemnización, finalmente TU IMPORTE LIQUIDO se corresponda con los porcentajes establecidos en el Acuerdo.
Planteamiento de CCOO : En el cálculo del impacto fiscal es necesario tener en cuenta no sólo el importe de la indemnización, sino también las retribuciones que se perciban en el primer ejercicio y el desempleo. La representación empresarial aceptó nuestro cálculo.
El importe de la oferta se actualizará con el salario e impacto fiscal de los últimos 12
meses.
CCOO planteó que la cantidad ofertada ahora tenga la consideración de "cantidad mínima", la representación empresarial no aceptó esta propuesta e indicó que se comunicará la cantidad ofertada como cantidad estimativa sujeta a revisión.
5.COMPLEMENTO DE 64 A 65 AÑOS
Propuesta de CCOO : Adelanto del pago al momento de cobro de la indemnización. La representación empresarial quedó en responder.
6.GARANTÍA INDEMNIZACIÓN MÍNIMA ACUERDO LABORAL
Planteamos la necesidad de comprobar si hay algún trabajador afectado por la garantía de indemnización mínima legal establecida en el Acuerdo (20 días por año trabajado). Se comprobará por parte de la representación empresarial.
7. APORTACIONES A PLAN DE PENSIONES
Propuesta de la representación empresarial : Solicitan que evaluemos si las aportaciones comprometidas al plan de pensiones (en caso de ejercitar la opción del 90% +aportaciones) ) sean aportadas en su totalidad en una póliza de seguros, en lugar de al Plan de Pensiones como contempla el acuerdo.
Para evaluar correctamente la propuesta,
CCOO ha solicitado que nos faciliten, tanto las condiciones de la póliza, como la rentabilidad garantizada.
OTRAS CUESTIONES
Continuando la reunión y fuera de los criterios de cálculo planteamos otras cuestiones como: el tratamiento a dar a los excedentes con derechos de incorporación y el establecimiento de una garantía para las posibles revisiones de incapacidades durante los 2 años de reserva de puesto de trabajo, ambas cuestiones finalmente se quedan a tratar en la comisión correspondiente en cada caja.
Ante las preguntas de CCOO, nos indican desde la representación empresarial que no se va a suscribir contrato de prejubilación, ya que no procede al tratarse de un ERE. Se remitirá al colectivo una comunicación-carta con la extinción y un anexo con el detalle de la indemnización.
CCOO solicitó la validación de los documentos antes del lanzamiento de la oferta.
En la semana pasada, ha habido 2 reuniones entre los actuarios de las cajas y de la parte social para ir
revisando los cálculos.
SOLICITA TU VIDA LABORAL
Recomendamos al colectivo de personas prejubilables que vayan solicitando su vida laboral a la seguridad
social para que puedan contrastar los datos. Puedes hacerlo en
http://www.seg-social.es/Internet_1/Lanzadera/index.htm?URL=50
y en el
teléfono 901502050
Seguiremos informándote….