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martes, 20 de julio de 2010

CCOO cree que el Real Decreto Ley 11/2010 facilita y promueve la desaparición de las cajas de ahorro en su configuración actual

Según CCOO, supone además la desaparición de su naturaleza jurídica y debilita su función social como instrumentos de desarrollo territorial y de inclusión financiera de las personas con menores recursos y capacidad económica.

A juicio de CCOO, el Real Decreto Ley 11/2010 que será sometido a convalidación en el Congreso de los Diputados el 20 de julio de 2010, facilita y promueve la desaparición de las cajas de ahorros españolas en su configuración actual, favorece la desaparición de su naturaleza jurídica y debilita su función social como instrumentos básicos de desarrollo territorial y de inclusión financiera de las personas con menores recursos y capacidad económica.

Según esta nueva norma, las cajas de ahorros deberán optar por:

* Mantenerse como cajas, pudiendo emitir cuotas participativas, con o sin derechos políticos, hasta un 50% de su patrimonio neto.
* Integrarse con otras cajas en un Sistema Institucional de Protección; la entidad a través de la que operarán será un banco (sociedad anónima).
* Ceder su negocio financiero a un banco, manteniendo la caja, únicamente, la obra social y la cartera industrial
* Transformarse en fundación, cediendo su negocio financiero a un banco.

El Banco de España, tras una fase de supervisión apática en la que no quiso o no supo impedir el crecimiento incontrolado del endeudamiento de las Cajas para financiar la burbuja inmobiliaria, dirigirá ahora una operación que pretende convertirlas en sociedades anónimas. CCOO denuncia que cuenta para ello con el apoyo del Gobierno y el principal partido de la oposición.

CCOO había advertido que la necesidad de reducir el riesgo asumido con el sector inmobiliario; la recuperación del crédito dirigido a proyectos empresariales viables, en especial, a las pymes; el fortalecimiento del sistema financiero español; los previsibles mayores requisitos que impondrá Basilea III (tercera edición del consenso entre los Bancos Centrales de las principales economías desarrolladas, que supondrá mayores exigencias en materia de recursos propios y calidad del capital de las entidades financieras), eran, entre otras, razones que exigían recapitalizar el sistema financiero.

Las vías para hacerlo en las cajas de ahorros eran y son diversas. El objetivo perseguido es aumentar la solvencia de estas entidades, no transformarlas en sociedades anónimas. Reforzar la estructura de capital no es incompatible con la naturaleza jurídica y el modelo de control social de las cajas de ahorros. Si es necesario recapitalizar con fondos públicos, el cambio de los gestores que han provocado esa situación parece una condición imprescindible, según CCOO.

La previsible convalidación de este Real Decreto Ley no debe impedir su tramitación como Proyecto de Ley para incorporar elementos esenciales que permitan capitalizar las entidades y reestructurar el sector, sin transformar el modelo de cajas de ahorros en España en meras sociedades anónimas que perderán sus rasgos definitorios y su función social.

CCOO mantiene su compromiso con el modelo de cajas de ahorros, con el empleo y las condiciones laborales en las mismas. Esos objetivos son compatibles con el refuerzo de su solvencia, rentabilidad y eficiencia. La necesaria capitalización de las cajas debe atender a los siguientes objetivos:

1.- Preservar la naturaleza jurídica de las cajas de ahorros.
2.- Que los procesos de reestructuración sean acordados con la representación de los trabajadores, con prioridad para el empleo, consensuando procesos de homologación de condiciones de trabajo.
3.- Viabilidad financiera. Promoción de instrumentos de capital específicos, de primera categoría, que garanticen el acceso a los mercados. No es preciso imponer la conversión en sociedades anónimas de cajas de ahorros viables financieramente.
4.- Garantizar el control y la administración de los órganos de gobierno de las cajas de ahorros sobre todas las actividades de las mismas: las derivadas de su carácter fundacional, la actividad financiera y sus participaciones industriales; más si cabe, si se realizan a través de sociedades filiales y/o instrumentales.
5.- Apuesta por el modelo social de las cajas de ahorros:
- Inclusión financiera del conjunto de la Sociedad y compromiso con los territorios de implantación de las cajas.
- Retorno del Beneficio como Dividendo Social (Obra Social).
- Participación de la sociedad civil, de la representación ciudadana y de la representación laboral en la administración y control de la actividad financiera y social.

Las fusiones reales y las llamadas “virtuales” mediante Sistemas Institucionales de Protección (SIP), pueden instrumentarse a través del marco normativo de las cajas de ahorros. La figura de Agrupaciones de Cajas o Cajas de Cajas, como entidad central de un SIP, son alternativas a incorporar a la regulación legal.

RESUMEN:

Una reforma estructural necesita de una Ley tramitada a través de un Proyecto de Ley, no la convalidación de un Real Decreto Ley y se debe garantizar que las cajas puedan acceder a fórmulas de capitalización en igualdad de condiciones que el resto de operadores, por razones coyunturales (crisis financiera) y razones estructurales (Basilea III). Pero ello debe compatibilizarse con el mantenimiento de la naturaleza jurídica y función social de las cajas. Para eso:

a) Deben existir límites claros para la emisión, tenencia y, en su caso, presencia de cuotapartícipes en los órganos de gobierno de las cajas.
b) Se debe garantizar el control y administración de los órganos de gobierno de las cajas sobre todas las actividades de las cajas de ahorros y sus sociedades filiales y/o instrumentales.
c) En los SIP debe garantizarse que las cajas puedan conformar agrupaciones de cajas o que una de ellas pueda actuar como sociedad central del los SIP
d) Debe eliminarse la posibilidad de conversión de las cajas de ahorros en fundaciones como una opción más de desarrollo de su actividad. Esta opción supone encaminar las cajas hacia su desaparición como tales (el testamento vital de estas entidades).
e) Y en materia laboral, la reestructuración del sector debe realizarse mediante acuerdos laborales con prioridad al empleo y armonización de condiciones laborales, así como enmarcar a las entidades resultantes, incluidas sus empresas filiales y/o instrumentales en el marco normativo sectorial laboral de las cajas de ahorros.

COMFIA CCOO, FES UGT Y CSICA han convocado una concentración en Madrid, hoy día 20 de Julio a las 12 horas, en la calle Alcalá, nº 9, frente al Ministerio de Economía y Hacienda.

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